Reglamento de Visado Colegial.
Aprobado por Asamblea General en sesión ordinaria de 23 de marzo de 2019
El Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Andalucía (CODTA) es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que está amparada por el ordenamiento jurídico y reconocida por el Estado y la Comunidad Autónoma Andaluza.
Entre sus funciones está la de editar publicaciones y trabajos de carácter específico sobre materias y publicar las normas y disposiciones de interés para los delineantes en Andalucía.
En virtud de lo anterior, la Asamblea General del CODTA, en su sesión ordinaria celebrada el 23 de marzo de 2019, en su punto 10 del orden del día, y vista propuesta de Junta de Gobierno, entre otros acuerda:
Segundo.- Aprobar Normativa de Visado Colegial del CODTA y sus modificaciones.
Cuarto.- Ordenar su publicación en el Portal de Transparencia del CODTA de la web corporativa para que todas las personas interesadas puedan conocer, con mayor transparencia, la gestión colegial, administrativa y jurídica corporativa del CODTA, en materia de normativa colegial.
Entra en vigor a los 20 días de su aprobación.
Contra este acuerdo de la Asamblea General del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Andalucía podrá interponerse Recurso de Alzada ante la Comisión de Recursos del CODTA, en la forma y plazos regulados por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las resoluciones de la Comisión de Recursos del CODTA agotará la vía administrativa, y podrán ser impugnadas o interponerse, directamente, recurso contencioso- administrativo ante los correspondientes órganos, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Granada, 26 de marzo de 2019.