Interventores Provinciales.
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Interventores Provinciales

 

Almería
D. José I. González-Grano de Oro Guirado
Colegiado Nº: 1687
    Cádiz
    Dña. Mónica Jiménez Rodríguez
    Colegiado Nº: 1716
      Cordoba
      D. Jacobo Fernández Pérez de Guzmán
      Colegiado Nº: 1635
        Granada
        D. Raúl Merchante Ballesteros
        Colegiado Nº: 2043
          Huelva
          D. Diego José Martínez Navarro
          Colegiado Nº: 2061
            Jaén
            Dña. Antonia García Rayo
            Colegiado Nº: 1663
              Málaga
              Dña. Maria Sonia Elena Ramírez
              Colegiado Nº: 2080
                Sevilla
                José Antonio Bauzada López Colegiado Nº: 1548
                  Competencias

                  Corresponden al cargo de Interventor Provincial las siguientes atribuciones:

                  a) Realizar dentro su ámbito provincial de actuación, por encargo del Decano-Presidente y con la correspondiente autorización expresa del mismo, las gestiones que éste le encomiende ante las Administraciones Públicas, entidades, corporaciones y personas físicas y jurídicas.

                  b) Emitir y entregar trimestralmente a la Junta de Gobierno un informe sobre las gestiones que haya realizado en su respectivo ámbito territorial.

                  c) Asesorar e informar a la Junta de Gobierno sobre las incidencias que, en relación a los colegiados y al ejercicio profesional, se hayan producido en la provincia que constituya el ámbito de actuación de cada Interventor Provincial.

                  d) El ejercicio de cuantas funciones les delegue expresamente la Junta de Gobierno.

                  Designación

                  Cada cuatro años será designado un Interventor en cada provincia, el cual no formará parte de la Junta de Gobierno, debiendo, en todo caso, estar colegiado en el CODTA.

                  Tras la constitución de la Junta de Gobierno que resulte de cada proceso electoral, se abrirá un plazo de treinta días naturales para que, durante el mismo, los colegiados que lo deseen puedan presentarse como candidatos para desempeñar el cargo de Interventor Provincial de la provincia en la que resida o en la que tenga el centro principal de sus actividades profesionales.

                  Transcurrido dicho plazo, la Junta de Gobierno proclamará en los tres días siguientes a un Interventor para cada provincia, de entre los candidatos que se hayan presentado. En caso de no haberse presentado ningún candidato, la Junta de Gobierno, en ese mismo plazo de tres días, designará a los Interventores Provinciales, a razón de uno por provincia.

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