Colegio
Qué son los colegios profesionales

Según la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales los colegios profesionales son corporaciones de derecho público, amparadas por la ley y reconocidas por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Se rigen por los preceptos de aplicación general de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, por las leyes aprobadas por las Comunidades Autónomas reguladoras de los colegios profesionales (en Andalucía, la Ley 10/2003, de 6 de noviembre), por sus estatutos particulares, reglamentos de régimen interior y demás disposiciones estatales o autonómicas que les afecten.

La colegiación es un requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones cuando así lo establezca una ley estatal (ello sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.)

El Estado y las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, garantizan el ejercicio de las profesiones colegiadas.

El ejercicio de las profesiones colegiadas se realizará en régimen de libre competencia y estará sujeto, en cuanto a la oferta de servicios y fijación de su remuneración, a la Ley sobre Defensa de la Competencia y a la Ley sobre Competencia Desleal.

Fines de los colegios profesionales

La ordenación del ejercicio de la profesión, dentro del marco legal respectivo y en el ámbito de sus competencias.

La representación institucional exclusiva de la profesión cuando estén sujetas a colegiación obligatoria.

La protección de los intereses de las personas consumidoras y usuarias de los servicios de sus personas colegiadas.

La defensa de los intereses profesionales de las personas colegiadas.

El Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Andalucía

El Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Andalucía (CODTA), ha sido creado por fusión de todos los Colegios Provinciales de Andalucía: Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga y Sevilla.

Es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que está amparada por el ordenamiento jurídico y reconocida por el Estado y la Comunidad Autónoma Andaluza.

Se configura como un Colegio Profesional Único de ámbito autonómico, extendiendo, por tanto, su ámbito territorial a toda la Comunidad Autónoma de Andalucía, tiene definidas las funciones de Colegio Profesional y de Consejo Autonómico.

Son fines esenciales del CODTA  la ordenación de la actividad profesional dentro del marco legal vigente y en el ámbito de sus competencias, la representación y defensa de la profesión de Delineante y de los intereses profesionales de los colegiados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, la protección de los intereses de los usuarios de los servicios profesionales de sus colegiados, la ordenación de la deontología profesional, el ejercicio de la potestad disciplinaria sobre los colegiados y el visado de sus trabajos.

Resolución de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe el Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos de Andalucía en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.

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